Que rentar no se vuelva una incomodidad. Primera parte

Hay muchos motivos por los cuales puedes preferir rentar una propiedad: no estás preparado económicamente para adquirir una casa o departamento, estás de paso en una ciudad, estás esperando a juntar tus puntos de Infonavit o Fovissste, o bien, prefieres la libertad de no adquirir un compromiso a largo plazo, etc.

Rentar es una opción cómoda pues te permite ajustarte más fácilmente a tus condiciones económicas, gracias a que puedes cambiar de residencia sin mayor problema al término de un contrato.

Sin embargo, hay ciertas cuestiones que tienes que tomar en cuenta para que rentar no se convierta en una carga. A la hora de firmar un contrato de arrendamiento, presta atención a su contenido, es vital para tu seguridad y tranquilidad:

 

-Fíjate que el nombre del arrendatario y de las personas que habitarán la propiedad estén completos, así como la ubicación exacta del inmueble y sus características físicas: número de habitaciones, baños, estancias, y equipamiento -en caso de que la propiedad te sea rentada con estufa, refrigerador o algún aparato de uso doméstico-.

-De la misma manera, es vital que tu contrato contenga el domicilio de la persona quien te renta y los datos completos de tu fiador.

-Hay personas que rentan sus propiedades de manera temporal, o quienes exigen plazos mínimos. Tu contrato debe de contener esos tiempos, así como los costos de la renta: monto del depósito y mensualidad. Esto es fundamental, pues durante el tiempo que diga el contrato quedas protegido ante cualquier aumento de la renta.

-Una inquietud común entre las personas que rentan es ¿qué pasa con mi depósito cuando se vence el contrato? Hay arrendadores que devuelven ese monto -que sirve como seguro frente a daños o incumplimiento del contrato-, y otros, que toman una parte para subsanar posibles daños a la propiedad; así como otros tantos que lo devuelven de manera íntegra. Es importante que el destino de tu depósito esté estipulado en tu contrato desde un principio.

-En el contrato también se establece la forma de pago: efectivo, depósito bancario, giro, etc. Al respecto, puedes llegar a un acuerdo con tu arrendador de acuerdo a lo que les sea más cómodo y seguro.

 

Hay otros aspectos a tomar en cuenta que te estaremos compartiendo a lo largo de la semana. Continúa leyendo nuestro blog, en donde te compartimos la información más práctica para ti que vendes, rentas o promueves propiedades.